La comprensión de bastantes conceptos que no sólo aparecen en la
historia, sino en la literatura y, con especial incidencia en la Genealogía y la
Heráldica, aconsejan hacer constar una serie de palabras, indicando su significado a los
lectores, dado su poco uso. Como sea que muchas de esas voces han caído en desuso no
está de más aclarar su significado.
Por ejemplo: Todo el mundo sabe que un Abad es el superior jerárquico de una abadía de
monjes o canónigos regulares. Pero ocurre que también con esta palabra se designaba al
noble que poseía legítimamente y por herencia alguna abadía con frutos secularizados
tal como sucedía en algunos puntos de España, principalmente en Vizcaya.
Comenzaremos, pues, por orden alfabético la descripción de algunos de estos conceptos,
imprescindibles para la mejor compresión de los temas históricos, genealógicos y
heráldicos: «Acostamiento» era el sueldo o estipendio que el rey o los señores
feudales daban a sus respectivos vasallos para que acudiesen con sus armas cuando las
necesidades de la guerra así lo imponían.
«Adelantado» era el funcionario que el rey colocaba al frente de una provincia o
comarca para que le representase y ejerciera en dicho territorio la suprema autoridad en
nombre del soberano.
«Alarde» era la revista que pasaba el rey o la persona por él delegada a la
nobleza titulada, caballeros, escuderos o vasallos que disfrutaban de tierras para saber
si tenían los caballos y armas necesarios y si estaban dispuestos a entrar en batalla.
«Alcalde Alamín» era la persona diputada para reconocer y arreglar en un pueblo
las pesas y medidas, especialmente de productos comestibles y para determinar la calidad y
precio de ellos.
«Alcaldes del Crimen» funcionarios encargados de juzgar cuantos delitos se
producían con muerte de individuos en forma violenta o alevosa.
«Alcaldes de la Hermandad» eran los que se nombraban cada año en los pueblos
para que entendieran de los delitos cometidos en el campo.
«Amparo de Hidalguía» consistía en la antigua práctica de acudir a los
Alcaldes de Corte solicitando un mandamiento en virtud del cual se reconociese la nobleza
e hidalguía del recurrente. Este Amparo fue abolido en el año 1.777.
«Auto de Fe» era el acto público del Tribunal de la Inquisición donde los reos
se exponían públicamente para leerles las causas después de ser estas juzgadas.
Entregados después dichos reos al brazo secular, generalmente su muerte era en la
hoguera.
«Baile» antiguamente con este nombre se designaba en Aragón a un juez ordinario
en ciertas poblaciones de señorío.
«Blanca de la Carne» se entendía el tributo que grababa la carne consistente en
dos maravedíes. Por cierto, a los nobles se les eximía de dicho tributo en
reconocimiento a su calidad.
«Camarero» se trataba, en la Casa Real de Castilla, del jefe de la Cámara del
Rey. También se denominó así al criado que cuidaba de la cámara de los Grandes.
«Capitán Preboste» era el encargado de, con su compañía, perseguir a los
malhechores y llevar a cabo a su ejecución si así procedía. Se trataba de lo que hoy se
denomina Policía Militar.
«Ciudadano Honrado» en Cataluña, quedaba reservada a aquellos que vivían de
sus rentas sin necesidad de ocuparse en trabajos manuales.
«Consejero de Capa y Espada» en la práctica, no pintaba nada, ya que en los
Tribunales Reales carecía de voto y entendía solamente en materia consultiva.
«Chancillería» esta era un Tribunal Superior de Justicia donde además de los
pleitos que a él llegaban, se entendía por apelación de todas las causas de los jueces
de las provincias que estaban dentro de su territorio, y privadamente de las de
hidalguía, propiedades y mayorazgos. De sus ejecutorias no había apelación y sólo se
admitía el recurso por agravio o injusticia notoria, o la apelación al rey.
«Ejecutoria de Nobleza» consistía en el despacho que se emitía por algún
tribunal del reino donde se ponía de manifiesto la calidad de nobleza de alguna persona
que así lo solicitaba.
«Estanco» era el embargo o prohibición de algunas cosas de ser vendidas
libremente sin que antes no se le hubiera puesto precio a las mismas.
«Freyle» caballero miembro de alguna Orden Militar.
«Grandes de España» estaban autorizados a cubrirse delante de su rey en el acto
de su investidura, si era caballero, o de tomar asiento delante de la reina, si era
señora, gozando además del derecho a llamarse «primos» del Soberano y recibir
el tratamiento de excelencia. Es curioso señalar de donde parte el Ejército Regular de
España: Fue de las llamadas Guardias viejas de Castilla y su creación se debe a los
Reyes Católicos deseosos de disponer de un cuerpo militar armado que pusiera freno a los
abusos y desmanes de los poderosos señores feudales. En lo que respecta a la famosa
«Limpieza de Sangre» consistía en la información que se practicaba por
distintos estamentos nobiliarios, gremios, corporaciones, etc. donde el aspirante debía
demostrar que sus antepasados no habían tenido mezcla de sangre de moros, judíos o
herejes, penitenciados por el Santo Oficio, condición previa para su admisión. Como se
ve, el asunto del racismo viene de lejos y España tampoco está libre de pecado… Basta
con recordar la expulsión de los judíos y más tarde la de los moriscos.
Cuando se habla de la Real Maestranza de Sevilla, bueno será saber que esta palabra
«Maestranza» era una institución nobiliaria española que originariamente
tenía como misión ejercitarse en el empleo de la equitación, con escuela para el manejo
de las armas a caballo.
«Merindad» tal cosa viene de «Merino» que era un juez nombrado por el
rey en su territorio donde tenía amplia jurisdicción y a esta región era a la que se
denominaba «Merindad»
«Mozárabe» era el cristiano que durante la dominación árabe vivió entre los
moros conservando su propia identidad y religión.
«Pechos» eran los tributos y el «pechero» era el plebeyo que estaba
obligado a pagar con pecho o sea, tributo. Por cierto, aquellos que pertenecían al estado
de los hijosdalgo se eximían de semejante pago.
«Derecho de pernada» se trataba de cierto derecho que poseían algunos señores
de la antigüedad de introducir una pierna en el lecho de una vasalla suya recién casada.
Venía a ser la representación simbólica del derecho de prelibación aplicada
anteriormente. Después se substituyó por una contribución.
«Realengo» todas las poblaciones no eran de Señorío ni pertenecían a Órdenes
Militares.
«Señor de Horca y Cuchillo» aquel que tenía derecho de vida y muerte sobre sus
vasallos.
«Villano» era el nacido en el estado llano y se veía sujeto a aquello que le
placía a su Señor.